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Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa "IX-CASR-NCIV-1"

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IX-CASR-NCIV-1 TEMPORALIDAD DE LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN SUBSECUENTES A LA PRIMERA, TRATÁNDOSE DEL PERIODO PREOPERATORIO   Jazmín Parra Jiménez El artículo 5o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) nos refiere el periodo preoperativo como aquel en que se realizan gastos e inversiones en forma previa al inicio de las actividades de la enajenación de bienes, presentación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. Asimismo, nos menciona que dicho periodo tendrá una duración máxima de un año, este periodo iniciara a partir de la primera solicitud de devolución presentada. El artículo ya mencionado y la Regla 2.3.18 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017 (RMF),  denota como regla general: "...Cuando los contribuyentes realicen gastos e inversiones en forma previa al inicio de las actividades, deberán solicitar la devolución del impuesto que correspon...

EXENCIÓN Y NO SUJECIÓN CON RESPECTO AL ARTÍCULO 93 DE LISR

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Jazmín Parra Jiménez Los ingresos en las Normas de Información Financiera (NIF) son definidos, en el Marco Conceptual para la Preparación de Estados Financieros, como "incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable..." Dicho   en otra palabras , es cualquier modificación en el haber patrimonial de forma positiva. Estos ingresos son clasificados en dos: 1. Objeto , siendo todo aquello que le interese a la norma. Dentro de estos encontramos los gravados conformados por los acumulables, no acumulables, los cuales pagan el impuesto mediante tasa o tarifa, y los exentos, donde se libera del pago de la contribución, conformado por limitados e ilimitados. 2. No Objeto , no es un supuesto que le interese a la norma, por no tenerlo contemplado o la misma norma diga que no. La Jurisprudencia "Exención y no sujeción tributaria, sus diferencias" , menciona la exención, como una excepción a la regla general de causación del tributo, exenta ...

BEPS, Acción 1 "Economía Digital"

Las crisis económicas mundiales a lo largo de los últimos años han debilitado las finanzas públicas de diferentes gobiernos obligándolos a efectuar recortes en sus gastos y servicios o bien a elevar sus impuestos para aumentar sus ingresos.  La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha preparado diversas reformas a los sistemas tributarios para prevenir y disminuir la elusión fiscal que cometen diversas empresas internacionales.   BEPS es un término que engloba a todas las estrategias fiscales que se aprovechan de inconsistencias en los sistemas de leyes y normas que tiene un país; con el objetivo de no tributar (o hacerlo en menor medida) en sus operaciones. De esta manera, diversas compañías evitan la tributación para obtener mayores beneficios, perjudicando así al país en donde operan.  Por lo tanto, a continuación se presenta una breve descripción de la Acción 1 "Economía Digital" de BEPS.   Con esta acción, se pretende identificar y ab...